Sentencia N° 277 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de mayo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 277, Exp. C08-0063, 22/05/2008
ExpedienteC08-0063
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2008-05-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Blanca Rosa Mármol de León, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por la defensa de Nelson Rafael Pacheco Cárdenas, quien había sido condenado por homicidio intencional. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que llevó a la defensa a presentar el recurso de casación. La Sala encontró que existía falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, ya que no se explicaron adecuadamente los hechos probados ni la culpabilidad de los acusados.

Extracto de la motiva

En relación con la novena denuncia, en la que refieren que tanto el juez de juicio como la Corte de Apelaciones incurren en falta de motivación por no explicar el modo, tiempo y lugar de los hechos que consideraron probados, ni la culpabilidad de los acusados, observa la Sala lo que estableció la recurrida, a saber: “Después de analizado el recurso de apelación propuesto por los defensores del acusado NELSON RAFAEL PACHECO CÁRDENAS, esta Corte de Apelaciones constata que no le asiste la razón a la defensa recurrente cuando le atribuye a la sentencia recurrida la falta de razonamiento lógico en la motivación y en la valoración de las pruebas, ya que en la misma constan las razones de hecho y Derecho que guiaron al Tribunal a decidir el respectivo fallo. Y ASI SE DECIDE (…omissis…) Observa esta Corte de Apelaciones, que el Ad-Quod (sic) analizó los elementos probatorios existentes en el expediente. Motivar un fallo implica explicar la razón en virtud de la cual se adopta una determinada resolución y en ello es necesario discriminar el contenido de cada prueba, confrontándola con las demás existentes en autos, además en cada caso concreto las exigencias de la motivación son particulares. Así será más rigurosa en algunos juicios cuyas complejidades y actividad probatoria obligan al juez a efectuar un análisis comparativo más meticuloso, como lo es el presente caso. Es por lo que lo más ajustado a derecho es declarar SIN LUGAR la presente denuncia. Y ASI SE DECIDE…”. Como se puede deducir de la anterior transcripción, la Corte de Apelaciones se limitó a afirmar que la sentencia recurrida en apelación sí se encontraba motivada en cuanto a la determinación de los hechos acreditados, así mismo explicó como debe ser una motivación en el fallo, pero no explicó la conclusión a la que llegó el juez de juicio para condenar a los acusados de autos, es decir, no expuso en sus propias palabras cuales fueron los hechos demostrados por el juzgador de primera instancia en el presente caso y su adecuación a las normas penales por las cuales fueron condenados, incurriendo de esta forma en el vicio de falta de motivación.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la novena denuncia del recurso de casación interpuesto por la defensa del acusado NELSON RAFAEL PACHECO CÁRDENAS; ANULA el fallo impugnado y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, para que previa distribución remita los autos a otra Sala de la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial, a fin de que dicte nueva sentencia, prescindiendo del vicio que originó la presente decisión.

Palabras clave

homicidio intencionalcasación penalfalta de motivaciónrecurso de apelaciónCorte de Apelacionesdelitodefensasentencia

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