Sentencia N° 277 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 277, Exp. C04-0167, 31/05/2005
ExpedienteC04-0167
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-31
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por LUIS FELIPE MAITA contra la decisión de la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar su apelación y confirmó la inadmisibilidad de la querella. La Sala de Casación Penal del TSJ, tras revisar el caso, concluyó que el recurso carecía de la técnica exigida y desestimó el mismo por ser manifiestamente infundado. Además, se verificó que no se vulneraron los derechos del querellante ni existieron vicios que justificaran la nulidad de oficio.
Extracto de la motiva
El impugnante hizo referencia a la acción de amparo constitucional que propuso contra los ciudadanos abogados VILMA AGÜERO FONT y LEINSTER RODRÍGUEZ y repitió los alegatos que expuso en la querella. También manifestó su inconformidad con el fallo del tribunal de juicio que declaró inadmisible la acusación contra los ciudadanos abogados BETSY PARILLI DE BARRIOS y OSCAR GÓMEZ. Así mismo le atribuyó escuetamente a la recurrida “... que no cumplió...” el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal y la errónea interpretación del artículo 401 “eiusdem”. Aparte de eso agregó que la recurrida no analizó ni valoró “... El bloque probatorio...” que promovió en la querella y además consideró “... la inmotivación del fallo recurrido...”. Tales imprecisiones patentizan que el escrito contentivo del recurso de casación carece de la técnica exigida en el artículo 462 arriba transcrito.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado querellante LUIS FELIPE MAITA contra la sentencia dictada el 23 de marzo de 2004, por la Sala N° 8 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
casacionquerellainadmisibilidaddenegacion de justiciafraude procesalamparo constitucionalderecho a la defensa