Sentencia N° 276 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de octubre de 2018

TSJ/SCP, Sent. N° 276, Exp. R18-175, 05/10/2018
ExpedienteR18-175
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2018-10-05
DecisiónNo ha lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación presentada por la Fiscal Provisorio 10 Nacional Plena, Marlene J. Hernández Jiménez, en relación a una causa penal. La solicitud fue fundamentada en la supuesta gravedad de los delitos imputados a varios funcionarios policiales, alegando que su conocimiento debía trasladarse a otro circuito judicial para garantizar un juicio imparcial. Sin embargo, la Sala concluyó que no se evidenció la existencia de alarma, sensación o escándalo público que justificara la radicación.

Extracto de la motiva

La solicitante planteó la radicación en los términos siguientes: 'La institución de la radicación como fórmula prevista por el legislador en el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, aparta de la competencia territorial a un tribunal que le corresponde el conocimiento de una causa, y constituye el medio para hacer prevalecer sobre circunstancias excepcionales que pudieran influir en la psiquis del sentenciador penal, su autonomía, imparcialidad y la celeridad del proceso.' En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal, pronunciarse sobre la solicitud de radicación propuesta por la representante del Ministerio Público, abogada Marlene J. Hernández Jiménez, 'Fiscal Provisorio 10 Nacional Plena'. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECLARA NO HA LUGAR la solicitud de radicación propuesta por la abogada Marlene J. Hernández Jiménez, en su carácter de 'Fiscal Provisorio 10 Nacional Plena.' Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

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