Sentencia N° 276 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de junio de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 276, Exp. C02-0180, 11/06/2002
ExpedienteC02-0180
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-06-11
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la absolución de los imputados por tráfico de sustancias estupefacientes. La Sala considera que las denuncias del recurrente son infundadas, ya que no se demuestra que los imputados sean propietarios de los bolsos que contenían la droga. La decisión se fundamenta en la falta de pruebas que vinculen a los acusados con el delito.

Extracto de la motiva

El recurrente fundamentó ambas denuncias en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal por violación de ley por errónea interpretación y errónea aplicación. En la primera denuncia alegó que el juez de juicio interrumpió su intervención cuando presentaba las conclusiones finales en el juicio oral y que se incurrió en violación de ley porque se obvió el contenido del encabezamiento del artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal. La denuncia se presenta confusa pues el recurrente basa su alegato en el artículo 460 'eiusdem' que indica los motivos en los cuales puede fundarse el recurso de casación y señala como violado el mismo artículo cuando éste no es susceptible de ser violado por las Cortes de Apelaciones. En la segunda denuncia el recurrente acusó que las preguntas realizadas por el juez de juicio fueron sarcásticas, pero no indica en qué consiste la errónea aplicación de la ley que denuncia, ni tampoco indica qué artículo consideró aplicado de manera errónea. En consecuencia, ambas denuncias están manifiestamente infundadas y lo ajustado a Derecho es desestimar el recurso según lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Séptimo del Ministerio Público, ciudadano abogado RAFAEL MEDINA LUGO. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.

Palabras clave

recurso de casacióntráfico de sustancias estupefacientesCódigo Orgánico Procesal Penalabsoluciónfiscalimputadospruebasdecisión

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