Sentencia N° 275 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de abril de 2026

TSJ/SCP, Sent. N° 275, Exp. E26-278, 24/04/2026
ExpedienteE26-278
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2026-04-24
DecisiónProcedente

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana ANYELI KATHERINE DÍAZ DA SILVA, quien es requerida por la presunta comisión de delitos graves como secuestro agravado, extorsión agravada, obstrucción a la libertad de comercio, terrorismo y asociación agravada. La decisión se fundamenta en la legislación nacional e internacional, asegurando que la solicitada será juzgada en Venezuela con todas las garantías procesales y constitucionales.

Extracto de la motiva

numeral 1) por lo tanto la ciudadana Anyeli Katherine Díaz Da Silva será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano; e) al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado (artículo 272) en caso de que la misma resulte condenada por los señalados delitos; f) al derecho a la asistencia jurídica, que en el caso de así solicitarlo se hará mediante el nombramiento de un defensor público; g) al derecho de ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga; h) al derecho de acceder a las pruebas y disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa, como a recurrir del fallo que le sea desfavorable, con las excepciones establecidas en la ley; i) al derecho a la vida estipulado en el artículo 43 del texto constitucional, por lo tanto el Estado venezolano protegerá la vida de la ciudadana que se solicita en extradición; j) al derecho a la salud previsto en el artículo 83 eiusdem, como derecho social fundamental que el Estado venezolano garantiza a la ciudadana solicitada en extradición como parte del derecho a la vida; k) la garantía de todos los derechos civiles y sociales inherentes a la persona privada de libertad; y, l) la requerida no será condenada a pena de muerte, a cadena perpetua, ni a penas infamantes o a penas superiores a treinta (30) años (artículo 44, numeral 3) a cuyo efecto se tomará en cuenta el tiempo que esté detenida en la República Italiana, con motivo del presente procedimiento de extradición.

Dispositiva

Se declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana ANYELI KATHERINE DÍAZ DA SILVA, titular de la cédula de identidad número V. 21.516.442, a la República Italiana, para ser sometida a un proceso penal por su presunta participación en los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, EXTORSIÓN AGRAVADA, OBSTRUCCIÓN DE LA LIBERTAD DE COMERCIO, TERRORISMO y ASOCIACIÓN AGRAVADA.

Palabras clave

extradiciónsecuestroextorsiónterrorismoasociación agravada

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