Sentencia N° 275 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de mayo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 275, Exp. C15-48, 08/05/2015
ExpedienteC15-48
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-05-08
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Juan Pablo Corado Marruz, quien fue condenado por delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y concusión. La sentencia se basa en la falta de fundamentación adecuada del recurso, ya que se limitó a cuestionar la valoración probatoria realizada por el tribunal de juicio, lo cual no es objeto del recurso de casación. Se concluye que la decisión de la Corte de Apelaciones fue correcta y se reafirma la condena impuesta.

Extracto de la motiva

El recurso de casación solo es procedente para conocer de los errores de derecho que pudieran ser cometidos por las cortes de apelaciones y cortes superiores, y no, como pretende el recurrente, para manifestar su evidente descontento con los hechos acreditados por el tribunal de juicio luego del debate probatorio, y con la sentencia condenatoria dictada contra su defendido. Sobre lo expuesto, se concluye que la inadecuación de la técnica recursiva en las consideraciones realizadas por el formalizante impide conocer su pretensión, razón por la cual se reitera la necesidad de exigir la debida fundamentación del recurso de casación, al no ser una mera formalidad, sino requisito inexcusable para la correcta comprensión de lo pretendido, y consecuencialmente la oportuna y eficaz respuesta por parte del órgano jurisdiccional.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el abogado DANIEL CORADO RAMÍREZ, defensor privado del ciudadano JUAN PABLO CORADO MARRUZ, contra la decisión dictada el veintinueve (29) de octubre de 2014 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

casacióninmotividadilogicidadprincipio in dubio pro reodefensasentenciaconstitución

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