Sentencia N° 275 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de mayo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 275, Exp. A08-0165, 20/05/2008
ExpedienteA08-0165
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-05-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió una solicitud de avocamiento presentada por la Fiscal Sexagésima Primera, DIZLERY DEL CARMEN CORDERO LEÓN, en relación con el caso del ciudadano MANUEL DE JESÚS MÁRQUEZ, acusado de homicidio intencional y otros delitos. La solicitud se fundamentó en irregularidades procesales y la necesidad de restablecer el orden jurídico ante la gravedad de los hechos. La Sala decidió solicitar el expediente al tribunal de origen y paralizar la causa.

Extracto de la motiva

La potestad para que el Tribunal Supremo de Justicia solicite algún expediente y se avoque a conocerlo está expresada en el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece: ‘Artículo 5. Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República: (...) 48. Solicitar de oficio, o a petición de parte, algún expediente que curse ante otro tribunal, y avocarse al conocimiento del asunto cuando lo estime conveniente...’. Los apartes décimo, undécimo, duodécimo y decimotercero del artículo 18 de la señalada ley, regulan el avocamiento en los términos siguientes: ‘... Cualesquiera de (sic) las Salas del Tribunal Supremo de Justicia en las materias de su respectiva competencia, de oficio (sic) a instancia de parte, con conocimiento sumario de la situación, podrá recabar de cualquier tribunal de instancia, en el estado en que se encuentre, cualquier expediente o causa, para resolver si se avoca, y directamente asume el conocimiento del asunto, o, en su defecto lo asigna a otro tribunal...’.

Dispositiva

La Sala de Casación Penal de conformidad con el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ADMITE la presente solicitud de AVOCAMIENTO y acuerda solicitar al Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, la causa penal Nº 1M-887 seguida contra el ciudadano MANUEL DE JESÚS MÁRQUEZ con la urgencia del caso. Por consiguiente, se ordena la paralización de la causa.

Palabras clave

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