Sentencia N° 274 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de julio de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 274, Exp. C08-0095, 20/05/2008
ExpedienteC08-0095
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-07-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado de Leopoldo Eduardo López Mendoza, quien impugnó el sobreseimiento decretado por el Juzgado Décimo de Control. La Sala consideró que existían elementos suficientes para reabrir la investigación, dado que no se habían agotado todas las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. La decisión del tribunal inferior fue anulada y se ordenó retrotraer el proceso para convocar a las partes a una audiencia oral, cumpliendo con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir, observa: El recurrente atribuye a la decisión recurrida, lo que a su entender constituye inmotivación a cuyo efecto refiere que “… se omitió hacer referencia a los elementos de convicción practicados por el Ministerio Público, en cuyo análisis se fundamenta a los fines de confirmar el Sobreseimiento de la causa …” y que “… se omitió en el recurrido hacer referencia expresa a la apreciación del contenido de las actas de entrevista de los testigos, tales como Julio Borjes, Enrique (sic) Capriles y de mayor importancia, la experticia de análisis de contenido de imágenes en video practicadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, sobre video remitidos por el Canal e (sic) Televisión RCTV …”. Ahora bien, pese a que el recurrente transcribe jurisprudencia de la Sala atinente a la inmotivación de las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones, concretamente la sentencia número 164 del 27 de abril de 2006, reiterada según señala, por las sentencias números 134 del 10 de abril de 2007; 222 del 10 de mayo de 2007; 241 del 17 de mayo de 2007 y 322 del 19 de junio de 2007, omite indicar en su escrito en qué consistió el vicio de inmotivación por él atribuido a la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, es decir, no precisó si dicho vicio se produjo como consecuencia de la omisión de algún pedimento solicitado en la apelación o por falta de expresión de forma clara y precisa de los fundamentos de hecho y de Derecho en que dicha instancia judicial fundamentó su resolución, tal como esta Sala lo ha establecido a través de su doctrina pacífica y reiterada.

Dispositiva

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 17 de julio de 2007 declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano LEOPOLDO EDUARDO LÓPEZ MENDOZA, ANULÓ la decisión dictada por la Sala Quinta (Accidental) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 16 de junio de 2006, así como el fallo emitido por el Juzgado Décimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas del 15 de marzo de 2006, que decretó el sobreseimiento de la causa y ORDENÓ retrotraer el proceso al estado en que se convocara a las partes y a la víctima a una audiencia oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

sobreseimientorecurso de casaciónderecho penalinvestigación penalaudiencia oralvictimaelementos de convicción

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