Sentencia N° 271 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de julio de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 271, Exp. C16-316, 18/07/2017
ExpedienteC16-316
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-07-18
DecisiónAnula de oficio la sentencia dictada el veintidós (22) de junio de 2016
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, anula de oficio la sentencia dictada el 22 de junio de 2016 por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la absolución de ÁNGEL OVIDIO HERNÁNDEZ CONTRERAS. La Sala concluye que la sentencia de la Corte de Apelaciones carece de motivación adecuada, lo que vulnera el principio del debido proceso y justifica la nulidad de la decisión.
Extracto de la motiva
debido a que si la recurrida hubiese hecho verdadero análisis jurídico de la Sentencia de Primera Instancia; habría detectado el VICIO DE INMOTIVACIÓN MANIFIESTO de la misma denunciado por la vindicta pública, el cual es un vicio de orden público que lesiona gravemente la finalidad del proceso y por ende vulnera el Debido Proceso y como consecuencia de ello se debió decretar la nulidad absoluta de la Sentencia de Juicio recurrida (…) el Tribunal de Alzada de Segunda Instancia debió abundar en su análisis y realizarlo de manera exhaustiva por cuanto en el caso que nos ocupa estamos en presencia de tipos penales considerados de delincuencia organizada, que resultan pluri ofensivos y de leso derecho (…). Esta conducta omisiva de la Corte de Apelaciones, por su parte configura el VICIO DE INMOTIVACIÓN en cuanto a su propia decisión y más grave aún vulnera el dispositivo contenido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando emite pronunciarse sobre la nulidad absoluta que acarreaba la decisión de Juicio en virtud de su ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia; lo que evidencia un error procesal contrario a derecho de la Corte de Apelaciones en convalidar una Sentencia absolutoria viciada de nulidad absoluta (…) las afirmaciones inverosímiles de la Corte; son afirmaciones fácticas que escapan de sus atribuciones y que vician de nulidad absoluta su decisión; por cuanto contraviene gravemente los artículos 06, 12, 13,14, 15, 16, 17, 18, 22 y 175 del Código Orgánico Procesal (…). Por los fundamentos de hecho y de derecho antes explanados en el presente motivo del Recurso de Casación, esta Representación Fiscal solicita muy respetuosamente a esta Honorable Sala de Casación Penal, que el mismo SE DECLARE CON LUGAR, en consecuencia de (sic) declare la nulidad absoluta de la decisión emanada de la SALA PRIMERA (01) (sic) DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA…
Dispositiva
PRIMERO: ANULA DE OFICIO la sentencia dictada el veintidós (22) de junio de 2016, por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra el fallo que ABSUELVE al ciudadano ÁNGEL OVIDIO HERNÁNDEZ CONTRERAS, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 174 y 175 sobre las nulidades absolutas del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ORDENA reponer la causa al estado que otra Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, proceda a dictar una nueva decisión, prescindiendo de los vicios aquí señalados.
Palabras clave
vicio de inmotivacióndebido procesodelincuencia organizadanulidad absolutaCódigo Orgánico Procesal PenalsentenciaCorte de Apelaciones