Sentencia N° 270 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de mayo de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 270, Exp. C24-214, 23/05/2024
ExpedienteC24-214
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-05-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada ELSA JANETH GÓMEZ MORENO, declaró inadmisible la solicitud de nulidad presentada por el defensor público Nelson José Candamo Rahamut en representación de OSWALDO ALONSO CARRERO LUJANO. El recurso de casación fue desestimado por ser manifiestamente infundado, al no cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La decisión impugnada había confirmado la condena de 23 años y 6 meses de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y agavillamiento.

Extracto de la motiva

motivación de la sentencia que claramente eludieron el punto neural a ser discutido, como lo era si se había tomado o no en consideración la declaración del ofendido. Es por lo antes expuesto que, constatada como ha sido la vulneración de garantías constitucionales por parte de la Sala Tres (3) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, proceda a decretar la nulidad absoluta de la decisión dictada por el tribunal ad quien en fecha 8 de marzo de 2024 y como consecuencia de ello, se ordene la reposición de la causa al estado de restablecer la situación jurídica infringida, derivada de las violaciones constitucionales anteriormente fundamentadas y se ordene la realización de un nuevo juicio oral y público en el que se garantice plenamente al ciudadano OSWALDO ALONSO CARRERO RUJANO, su derecho a la defensa y sea tomada en cuanta su declaración, adminiculándola a todos los elementos de prueba producidos en juicio. …”. (sic) IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 14 de 29 RESOLUCIÓN DEL PUNTO PREVIO La Sala para decidir, observa: En el presente caso, el recurrente planteó un punto previo en su escrito recursivo, en el cual solicita a esta Sala “…proceda a decretar la nulidad absoluta de la decisión dictada por el tribunal ad quem…”. Resulta oportuno en primer lugar conceptualizar lo que se entiende por nulidad absoluta, la misma es una institución jurídica siendo la máxima sanción de índole procesal, que encuentra como fin la cesación de efectos jurídicos de un acto procesal que, en su materialización, se halla viciado por contrariar el ordenamiento jurídico constitucional. De tal modo, el proceso puede reponerse al estado inmediatamente anterior a la producción de ese acto ineficaz, precisamente, para que aquel pueda seguir su curso en salvaguarda de los derechos y garantías fundamentales de las partes. Así lo ha sentado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia número 880, de

Dispositiva

La Sala declara INADMISIBLE la solicitud planteada en el punto previo al presente recurso, relativo a la solicitud de nulidad. DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado Nelson José Candamo Rahamut.

Palabras clave

casaciónnulidadpenalsentenciainadmision

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