Sentencia N° 27 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de febrero de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 027, Exp. C16-314, 16/02/2017
ExpedienteC16-314
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-02-16
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de Luis Enrique Vílchez Naranjo, quien fue condenado por el delito de estafa. La decisión se basa en la falta de fundamentación adecuada en las denuncias presentadas por la defensa, que no cumplieron con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluye que las alegaciones de la defensa no demostraron vicios que ameritaran la nulidad de la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal ha establecido que el recurso de casación es para revisar la sentencia de la última instancia, y a tales efectos para verificar la existencia de errores de derecho cometidos por la Corte de Apelaciones. Por tanto, el impugnante que acude a esta vía extraordinaria, no puede pretender utilizar este medio extraordinario como una tercera instancia para expresar su descontento con el fallo que le adversa sin exponer razones de derecho distintas a las del recurso de apelación, debiendo versar únicamente sobre vicios propios de la alzada, que en definitiva es el fallo que corresponde revisar en esta etapa del proceso.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la abogada Norkis Aguilar, en su carácter de defensora privada del ciudadano LUIS ENRIQUE VÍLCHEZ NARANJO, contra la sentencia dictada, el 27 de junio de 2016, por la Sala Accidental N° 22 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

casaciónestafasentenciaTribunal Supremo de JusticiaGuárico

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