Sentencia N° 27 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de enero de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 027, Exp. C01-0710, 25/01/2002
ExpedienteC01-0710
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-01-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Corte Marcial declaró inadmisible la apelación interpuesta por el defensor del Teniente Coronel WALTER HUMBERTO FELCE SALCEDO, quien había sido condenado a dos años y seis meses de prisión. La Sala de Casación Penal del TSJ observó que la Corte Marcial no debió declarar inadmisible el recurso de apelación, ya que el apelante había fundamentado su apelación en los motivos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, la Sala anula la decisión de la Corte Marcial y ordena que se resuelva el recurso de apelación.

Extracto de la motiva

La Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela declaró inadmisible el escrito de apelación presentado por el defensor, porque el mismo no cumplía con los requisitos de fundamentación exigidos. Al respecto la Sala observa que la Corte Marcial no debió declarar inadmisible por manifiestamente infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa, por no haberlo fundado en alguno de los motivos previstos en el artículo 444 (hoy 452) del Código Orgánico Procesal Penal, ya que el apelante sí indicó los ordinales 1°, 3° y 4° del citado artículo y dio por separado sus razones por las cuales impugnaba la sentencia dictada por el Consejo de Guerra Permanente. Esta Sala constata que la existencia del vicio expuesto anteriormente hace imposible la continuación del juicio, en consecuencia anula de oficio el fallo dictado el 17 de julio de 2001 por la Corte Marcial, mediante la cual declaró inadmisible el escrito de apelación interpuesto por la defensa y le ordena a esa misma Corte conocer y resolver el recurso de apelación.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expresadas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ANULA DE OFICIO la decisión dictada por la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela del 17 de julio de 2001, y ordena remitir el expediente a esa misma Corte Marcial para que resuelva el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Consejo de Guerra Permanente de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

apelacióninadmisibleCorte Marcialrecurso de casaciónderecho a la defensadebido procesoCódigo Orgánico Procesal Penal

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