Sentencia N° 269 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de mayo de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 269, Exp. A25-247, 28/05/2025
ExpedienteA25-247
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-05-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Dionel Enrique Guerrero Gómez en representación de JEAN CARLOS SUÁREZ MÉNDEZ. La solicitud se fundamenta en la alegación de graves desórdenes procesales y violaciones al debido proceso en el juicio penal seguido contra su defendido por el delito de abuso sexual a adolescente sin penetración. Sin embargo, la Sala concluye que no se configuran las condiciones necesarias para la admisión del avocamiento, ya que los alegatos no evidencian escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico.

Extracto de la motiva

Aceptar una imputación penal sin día y hora, como es el caso que nos ocupa, es violar el principio de IMPUTACIÓN CONCRETA Y NECESARIA descrito en el artículo 133 del Código Orgánico Procesal Penal (2021) y que lógicamente causa un estado de indefensión severo a cualquier justiciable. La imputación necesaria y concreta comporta dos puntos de mucha importancia para la sanidad de un proceso penal y respeto del perseguido penalmente, es así que fija o delimita el objeto de la investigación y del proceso penal y por ende incide en la cosa juzgada, y el otro punto, es que cumple una función informadora para el justiciable acerca de los cargos que obran en su contra, lo que a su vez le permite establecer una defensa idónea. La presente solicitud de avocamiento es de suma importancia y de Imperiosa necesidad, pues de los elementos de convicción presentados se puede evidenciar que existe un grave desorden procesal al no ser debidamente imputado mi representado y de la misma manera de evidencia que el sistema de justicia penal no ha resguardado el orden público, ni ha corregido lo que debe corregir, existen actuaciones policiales lejos del marco constitucional y legal y existen actuaciones judiciales del titular de la acción penal que han sido avaladas por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, sede Maracaibo, y deben ser corregidas para una sana administración de justicia y una buena imagen del poder judicial. La urgencia obedece también a que se encuentra en tela de juicio la imagen de poder judicial, pues diligentemente esta defensa ha planteado de manera pertinente, de manera oportuna todas estas desviaciones jurídicas como excepciones y defensas en la audiencia preliminar sin que las mismas hayan sido escuchadas, de la misma manera ha interpuesto recursos extraordinarios de amparos que tampoco han tenido eficacia. No obstante, pese a todas estas debilidades en el curso de este proceso penal el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, sede Maracaibo, ha dictado el auto de apertura a juicio, sin existir pronóstico de condena, dado que mi representado no fue debidamente imputado, pues no está determinado el día y la hora de hecho, lesionado con ello el derecho a la defensa, admitiendo como licitas elementos de convicción realizadas por el órgano auxiliar de la investigación penal que no reúne los requisitos mínimos de procedencia, avalando o legitimando una actuación incorrecta e inconstitucional del Ministerio Público como en el caso de una imputación sin indicar el día y la hora del hecho, decretando una flagrancia que no existe. Tal comportamiento, sin duda constituye un grave desorden procesal y afecta la imagen del poder judicial que debe ser referencia de justicia y orden en estos tiempos que se viven en el país.

Dispositiva

Declara inadmisible la solicitud de avocamiento interpuesta por el abogado Dionel Enrique Guerrero Gómez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 273.629, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano JEAN CARLOS SUÁREZ MÉNDEZ.

Palabras clave

imputaciónproceso penalderecho a la defensaavocamientojusticiaindefensiónpoder judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca