Sentencia N° 269 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 269, Exp. C14-178, 12/08/2014
ExpedienteC14-178
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por el abogado Juan Alberto Valera Rivero en defensa de Henry Olaya Parra, quien fue condenado a 15 años de prisión por tráfico de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación, lo que motivó la presentación del recurso de casación. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia condenatoria, argumentando que la decisión no expresaba claramente las razones de la condena.

Extracto de la motiva

La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las cortes de apelaciones o cortes superiores, se encuentra establecida en el artículo 29, numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: “Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:…2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal”. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto por el abogado JUAN ALBERTO VALERA RIVERO, Defensor Público Quinto adscrito a la Coordinación Regional de la Unidad de Defensa Pública del Estado Portuguesa. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones referidas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el abogado JUAN ALBERTO VALERA RIVERO, Defensor Público Quinto del Ministerio Público adscrito a la Coordinación Regional de la Unidad de Defensa Pública del Estado Portuguesa, actuando como defensa del ciudadano HENRY OLAYA PARRA, contra decisión proferida el dos (2) de abril de 2014 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa.

Palabras clave

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