Sentencia N° 268 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de julio de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 268, Exp. C03-0108, 17/07/2003
ExpedienteC03-0108
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-07-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Joanna Monika Bieniewska, condenada a 12 años y 6 meses de prisión por transporte ilícito de sustancias estupefacientes. La defensa alegó diversas infracciones al debido proceso y a la valoración de pruebas, argumentando que la acusada no fue asistida por un intérprete adecuado y que se valoraron pruebas sin la debida autorización del Ministerio Público.
Extracto de la motiva
Las razones expuestas, son suficientes para desestimar, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara. En consideración a lo dispuesto en los artículos 257 de la Constitución de la República y 13 del Código Orgánico Procesal Penal y, no obstante la indebida fundamentación del recurso, la Sala ha revisado el fallo impugnado y considera que el mismo se encuentra ajustado a derecho. Así lo hace constar. En efecto, se desprende de las actas procesales (folio 101) que la defensa, durante la celebración del juicio oral y público, solicitó al Tribunal se dejara constancia que la acusada habla el idioma alemán, polaco e inglés.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa.
Palabras clave
recurso de casacióntransporte ilícitosustancias estupefacientesdebido procesovaloración de pruebasintérpreteConstituciónCódigo Orgánico Procesal Penal