Sentencia N° 267 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 267, Exp. C14-133, 12/08/2014
ExpedienteC14-133
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por la abogada Nancy Rodríguez Méndez, en representación de los ciudadanos Argenis Rafael Palacios Martínez y Jesús Ángel Pimentel Velásquez. La defensa alegó la indebida aplicación del artículo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, argumentando que la Corte de Apelaciones no analizó adecuadamente los hechos y fundamentos de derecho en su decisión. Sin embargo, la Sala concluyó que la impugnante no cumplió con los requisitos necesarios para sustentar su denuncia.
Extracto de la motiva
La competencia para que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal conozca los recursos de casación que se ejerzan contra las decisiones de las cortes de apelaciones o cortes superiores, se encuentra establecida en el artículo 29, numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que dispone: 'Es de la competencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia:…2. Conocer los recursos de casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal'. En consecuencia, corresponde a la Sala de Casación Penal pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto por la abogada NANCY RODRÍGUEZ MÉNDEZ, Defensora Pública Octava adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Miranda, actuando en representación de los ciudadanos ARGENIS RAFAEL PALACIOS MARTÍNEZ y JESÚS ÁNGEL PIMENTEL VELÁSQUEZ. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la abogada NANCY RODRÍGUEZ MÉNDEZ, Defensora Pública Octava adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Miranda, actuando en representación de los ciudadanos ARGENIS RAFAEL PALACIOS MARTÍNEZ y JESÚS ÁNGEL PIMENTEL VELÁSQUEZ, contra decisión dictada el tres (3) de febrero de 2014 por la Sala No. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.