Sentencia N° 267 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de julio de 2010

TSJ/SCP, Sent. N° 267, Exp. A10-160, 13/07/2010
ExpedienteA10-160
PonenteDeyanira Nieves Bastidas
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Ana Hilde Carrero, apoderada judicial de la víctima Elvio Venancio Da Silva Barreto, en relación a la causa seguida contra Carlos Alfonso Carrero Carmona, Valmore Rodríguez Hernández y Eleazar Augusto Guía Salas por los delitos de estafa y apropiación indebida. La solicitud se fundamentó en el retardo procesal y la falta de pronunciamiento por parte del Ministerio Público y del tribunal de control, lo que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima.

Extracto de la motiva

La Sala, vista la solicitud de avocamiento formulada por la apoderada judicial de la víctima ciudadano Elvio Venancio Da Silva Barreto, estima imprescindible para su resolución, revisar el expediente, a fin de verificar directamente las denuncias realizadas. En consecuencia, la Sala, de conformidad con el numeral 48 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ADMITE la presente solicitud de avocamiento y ACUERDA solicitar, con la urgencia del caso, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, el expediente original signado con el Nº 2C-10171-09, y todos los recaudos relacionados con la referida causa seguida a los ciudadanos CARLOS ALFONSO CARRERO CARMONA, VALMORE RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y ELEAZAR AUGUSTO GUÍA SALAS, por los delitos de ESTAFA y APROPIACIÓN INDEBIDA, tipificados en los artículos 464 y 468, respectivamente, del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano Elvio Venancio Da Silva Barreto. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE la solicitud de avocamiento interpuesta por la ciudadana abogado Ana Hilde Carrero, apoderada judicial de la víctima en la presente causa ciudadano Elvio Venancio Da Silva Barreto y ACUERDA solicitar, con la urgencia del caso, al Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, el expediente original signado con el Nº 2C-10171-09, y todos los recaudos relacionados con la referida causa seguida a los ciudadanos CARLOS ALFONSO CARRERO CARMONA, VALMORE RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y ELEAZAR AUGUSTO GUÍA SALAS, por los delitos de ESTAFA y APROPIACIÓN INDEBIDA, tipificados en los artículos 464 y 468, respectivamente, del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del ciudadano Elvio Venancio Da Silva Barreto. De conformidad con lo previsto en el decimosegundo aparte del artículo 18 de la mencionada Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ORDENA la paralización del proceso.

Palabras clave

avocamientoestafaapropiación indebidaretardo procesaltutela judicial efectiva

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