Sentencia N° 265 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de julio de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 265, Exp. C15-244, 11/07/2016
ExpedienteC15-244
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-07-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por los abogados de Luis Alberto Morales Morales, quien fue condenado a 30 años de prisión por homicidio intencional calificado. La decisión de la Corte de Apelaciones, que había declarado sin lugar el recurso de apelación, fue confirmada. La Sala argumenta que la defensa no logró demostrar la ilogicidad o falta de motivación en el fallo impugnado, y que el tribunal de juicio actuó conforme a derecho al valorar las pruebas presentadas.

Extracto de la motiva

Que, en efecto, la Juez de Juicio analizó y valoró las declaraciones de las expertas ANDRADE GARCÍA MAGORA SIRGETTE, COLMENAREZ (sic) LOBO JESSICA (sic) CAROLINA y YANUACELIS CRUZ, para posteriormente adminicularlas al Reconocimiento Legal y Análisis Hematológico a cuatro (4) cuchillos que contenían sustancia hemática y a los Protocolos de Autopsia Nros 136-144603, 136-144604, 136-144605 y 136-144606, practicados a los adolescentes (occisos) y a los ciudadanos Virgilia Caridad Morales y Luis Alberto Morales (occisos), todo lo cual le permitió alcanzar su convencimiento respecto a que el acusado utilizó cuatro (4) cuchillos para quitarle la vida a sus padres e hijos, por lo que, la presente denuncia planteada por los recurrentes resulta a todo evento infundada, debiendo ser declarada SIN LUGAR…

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por los abogados Rigoberto Hernández Armas y Luis M. Barrios Rivas, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano LUIS ALBERTO MORALES MORALES, contra la decisión dictada, el 29 de abril de 2015, por la Sala Número Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Sin Lugar el recurso de apelación ejercido por los mencionados Defensores Privados, y Confirmó la decisión dictada, el 4 de diciembre de 2013, y publicada el 3 de septiembre de 2014, por el Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Juicio del referido Circuito Judicial Penal, en la que CONDENÓ al mencionado acusado a cumplir la pena de TREINTA (30) AÑOS de prisión por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, tipificado en el artículo 406, numeral 3, literal a, del Código Penal, en perjuicio de sus ascendientes Luis Morales Rodríguez y Virgilia Caridad Morales Zamora, y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO AGRAVADO, tipificado en el artículo 406, numeral 3, literal a, del Código Penal, en relación con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de sus dos hijos.

Palabras clave

homicidiocasaciónpenalsentenciaTribunal Supremo de Justicia

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