Sentencia N° 264 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de agosto de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 264, Exp. E14-95, 12/08/2014
ExpedienteE14-95
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana rumana CODRUTA ALEXANDRA TABARCEA, requerida por las autoridades judiciales de Rumania por la presunta comisión de los delitos de complicidad en robo calificado y falsificación en escrituras bajo firma privada. La Sala fundamenta su decisión en la existencia de un principio de doble incriminación, ya que los hechos imputados son constitutivos de delito tanto en Venezuela como en Rumania.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la documentación recibida y que fundamenta la solicitud de extradición de la ciudadana rumana CODRUTA ALEXANDRA TABARCEA, considera que en el presente caso se cumple con el principio de la doble incriminación -principio básico en materia de extradición- conforme al cual sólo procederá la entrega de la persona requerida en extradición, cuando el hecho ilícito por el cual se solicite, constituya delito penal en el país requerido, así como en el país requirente. En lo que respecta al Principio de la Mínima Gravedad del Hecho, según el cual, la extradición procede sólo por delitos y no por faltas, en el caso bajo estudio, la extradición es solicitada por los delitos de complicidad en robo calificado y falsificación en escrituras bajo firma privada y no por una falta.
Dispositiva
Primero: Declara procedente la solicitud de extradición de la ciudadana CODRUTA ALEXANDRA TABARCEA, de nacionalidad rumana, pasaporte N° 085582223, al Gobierno de la República de Rumania. Segundo: Ordena remitir copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela y al Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, este último a los fines de su ejecución.