Sentencia N° 263 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de mayo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 263, Exp. C14-301, 05/05/2015
ExpedienteC14-301
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-05-05
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Se argumenta que la Corte de Apelaciones no motivó adecuadamente su decisión, lo que generó indefensión judicial. Sin embargo, la Sala concluye que las denuncias presentadas no cumplen con los requisitos necesarios para ser admitidas, ya que no se evidencian vicios en la motivación de la sentencia recurrida.
Extracto de la motiva
La falta de motivación se patentiza cuando las cortes de apelaciones omiten resolver las delaciones expresadas en el recurso de apelación o cuando su dictamen no resuelva el fondo de tales señalamientos, siendo infundadas aquellas denuncias que pretendan impugnar de manera genérica la motivación de la sentencia, como se verifica en el presente caso. Particularmente, la representación del Ministerio Público no expone de manera concreta de qué manera no se dio respuesta a los argumentos planteados en el recurso de apelación, pues se limita a refutar el dictamen de la alzada, sin indicar verdaderos motivos que permitan verificar la falta de motivación de la sentencia proferida por la corte de apelaciones.
Dispositiva
En virtud de las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por las abogadas LESLIE CAROLINA CORADO y YESSICA MARWILL MORA ROMERO, Fiscales Vigésima Tercera Principal y Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, contra la decisión dictada el veintiocho (28) de mayo de 2014 por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.
Palabras clave
inmotivaciónderecho a la defensaprincipio de verdadCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalarbitrariedad judicialpruebasresponsabilidad penal