Sentencia N° 263 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de junio de 2002

TSJ/SCP, Sent. N° 263, Exp. 02-0114, 05/06/2002
Expediente02-0114
PonenteRAFAEL PÉREZ PERDOMO
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

El ciudadano José Amado Angulo Mejías solicitó la revisión de un expediente por la condena de homicidio, alegando injusticias en el proceso. La Sala de Casación Penal, al examinar el caso, observó que el recurso de revisión es procedente solo a favor del imputado y debe estar fundamentado con las pruebas pertinentes. En este caso, el solicitante no presentó las pruebas necesarias para sustentar su petición de revisión.

Extracto de la motiva

El artículo 463 (hoy 470) del Código Orgánico Procesal Penal, vigente para la fecha de la interposición del recurso, establecía la procedencia de la revisión contra la sentencia firme, en todo tiempo y únicamente a favor del imputado en los casos a que se refieren los supuestos establecidos en sus numerales. Por su parte, el artículo 465 (hoy 472) ejusdem, dispone que el recurso de revisión se interpondrá mediante escrito contentivo de los motivos en que se funda, las disposiciones legales aplicables y la promoción de las pruebas que estime conveniente. El ciudadano José Amado Angulo Mejías solicita la revisión de un expediente contentivo de la causa seguida en su contra por el delito de homicidio e indica que el expediente se encuentra ante el Tribunal Noveno de Ejecución del área Metropolitana de Caracas. Sin embargo, no acompaña al escrito, por medio del cual solicita la revisión, las pruebas en las cuales sustenta su pretensión. Por consiguiente, la Sala considera improcedente la revisión solicitada. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara improcedente el recurso de revisión interpuesto por el ciudadano José Amado Angulo Mejías. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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