Sentencia N° 26 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 026, Exp. RI25-883, 12/02/2026
ExpedienteRI25-883
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2026-02-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal declara inadmisible el recurso de interpretación presentado por la abogada Fanny Rebeca De Abreu Sánchez, actuando como defensa técnica privada del ciudadano Argenis José García Urdaneta. La decisión se basa en la falta de legitimidad procesal de la abogada, quien no presentó el acta de juramentación requerida para actuar en representación del acusado. Además, se señala que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
motiva el presente Recurso de Interpretación: · No existe lesión alguna, conforme al informe médico público levantado en la misma fecha de los hechos. · No se acreditaron actos idóneos, directos e inequívocamente dirigidos a causar la muerte, como exige el artículo 80 del Código IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 17 Penal para la configuración del grado de frustración · No existe evidencia pericial, técnica ni testimonial que acredite un motivo de género, entendido como manifestación de odio o desprecio hacia la condición de mujer. · No se comprobó intencionalidad homicida, elemento indispensable del artículo 73 de la ley especial. En
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE EL RECURSO DE INTERPRETACIÓN presentado por la abogada Fanny Rebeca De Abreu Sánchez, alegando actuar como “defensa técnica privada” del ciudadano ARGENIS JOSÉ GARCÍA URDANETA, respecto del contenido y alcance de los artículos 73 y 74, numeral 1, ambos de la Ley Orgánica de Reforma a la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Palabras clave
femicidiopresunción de inocenciaderechos humanosdebido procesocarga probatoriaviolencia de génerointerpretación legal