Sentencia N° 258 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 258, Exp. C05-0071, 26/05/2005
ExpedienteC05-0071
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de LUIS CONTRERAS CARRERO, quien había sido condenado a catorce años de prisión por el delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes. La defensa alegó violaciones a los principios del juicio oral y a la tutela judicial efectiva, así como falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la sentencia del Tribunal de Juicio. Sin embargo, la Sala consideró que la denuncia carecía de la debida fundamentación y desestimó el recurso por manifiestamente infundado.

Extracto de la motiva

De la lectura de la presente denuncia se evidencia que la misma carece de la debida fundamentación, ya que en ésta, los recurrentes señalan que el Tribunal de Juicio dictó una decisión con expresa violación a los principios del juicio oral, cuestionando por ello “...los hechos dados por probados por el Juzgador de Juicio...”. A posteriori, indican los recurrentes que al analizar los hechos y circunstancias objeto del proceso, se observa: “...que existe precaria evidencia probatoria...” tanto en la decisión del Tribunal de Juicio como en la dictada por la Corte de Apelaciones; y que la última de las mencionadas no resolvió expresa y correctamente los puntos impugnados por la defensa y los señalados en el escrito de “disquisición complementaria” del referido recurso de apelación. Ahora bien, el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal establece que el recurso “se interpondrá mediante escrito fundado en el cual se indicarán en forma concisa y clara, los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresando de qué modo se impugna la decisión, con indicación de los motivos que lo hacen procedente, fundándolos separadamente si son varios. Fuera de esta oportunidad no podrá aducirse otro motivo”. La denuncia en estudio no cuenta con la debida fundamentación, pues en la misma los recurrentes señalan conjuntamente diversos vicios, tales como violación de los principios del juicio oral, evidente precariedad probatoria en las sentencias dictadas contra su defendido y la falta de resolución de los alegatos contenidos en el recurso de apelación; razón por la cual no es posible a la Sala precisar con claridad la infracción en concreto que se pretende impugnar; se desestima el recurso interpuesto, declarándolo manifiestamente infundado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado LUIS CONTRERAS CARRERO. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

recurso de casacióntransporte ilícitosustancias estupefacientestutela judicial efectivaprincipios del juicio oralevidencia probatoriafalta de motivación

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