Sentencia N° 257 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de julio de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 257, Exp. C17-105, 03/07/2017
ExpedienteC17-105
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-07-03
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Eliseo Morffe Ruiz, defensor privado del adolescente sancionado con privación de libertad por robo agravado. La Sala determina su competencia para conocer del recurso y analiza la admisibilidad del mismo, concluyendo que no se cumplen los requisitos exigidos por el Código Orgánico Procesal Penal para su procedencia. Se resalta que el recurrente no fundamentó adecuadamente su denuncia, lo que lleva a la decisión de desestimar el recurso por infundado.
Extracto de la motiva
La Sala considera necesario resaltar, que el recurrente solo anunció el recurso de casación, en un solo folio, en el cual simplemente se limitó a enunciar “la violación de la ley por cuanto no aplicó ni hubo interpretación del artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, para la licitud de la prueba”, sin expresar las razones y fundamentos de dicho quebrantamiento. Asimismo, es oportuno recordar que el recurso de casación es un medio de carácter extraordinario que se ejerce contra las sentencia de última instancia que ponen fin al juicio o impiden su continuación, y su carácter extraordinario radica en que no se puede pretender que la Sala de Casación Penal efectúe un examen del proceso, el cual se hace en la fase de juicio, o por una inconformidad de alguna de las partes con la resolución de alzada al haberse ejercido el recurso de apelación, sino que éste constituye, un medio de impugnación de la sentencia definitiva, que pretende la anulación de ese fallo por error de Derecho. El carácter extraordinario del recurso de casación radica en que no se puede pretender la revisión del fondo del asunto que ha dado origen al proceso ante una instancia superior, porque esto, en principio, no le es dable a esta Sala, revisar los elementos probatorios debatidos durante el juicio como si se tratara de una nueva instancia contradictoria. (Vid: Sentencia de la Sala de Casación Penal N° 111 del 29 de marzo de 2011).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación propuesto por el abogado Eliseo Morffe Ruiz, actuando en su carácter de defensor privado del adolescente (identidad omitida). Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
recurso de casaciónCódigo Orgánico Procesal Penalpruebasvaloracióndecisión judicial