Sentencia N° 257 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 257, Exp. E07-0437, 06/05/2008
ExpedienteE07-0437
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2008-05-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano Gustavo Iván Plata Pinedo, requerido por el gobierno de Colombia por delitos de secuestro. La Sala observó que no se ha verificado la aprehensión del solicitado en Venezuela, lo que impide continuar con el procedimiento de extradición. A pesar de los trámites realizados, no se ha recibido información sobre su localización actual, lo que lleva a la Sala a declarar que no puede resolver sobre la solicitud presentada.

Extracto de la motiva

Como bien lo hemos señalado en anterior jurisprudencia, para proseguir con el procedimiento de extradición establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, se requiere de conformidad con lo pautado en el artículo 396 eiusdem, que se aprehenda al solicitado, de acuerdo con la solicitud hecha por el Ministerio Público al Tribunal de Control. Es entonces a partir de la aprehensión del solicitado que se fijará el término para la presentación de la documentación necesaria, así como para la realización de la audiencia pública a la cual concurrirán el representante del Ministerio Público, el imputado, su defensor y el representante del gobierno requirente. De manera que al no verificarse la aprehensión del ciudadano de nacionalidad colombiana Gustavo Iván Plata Pinedo, resulta imposible para la Sala cumplir con lo estipulado en el Código Adjetivo Penal, específicamente en cuanto al procedimiento de extradición pasiva, lo que impide resolver sobre la procedencia o no de la solicitud de extradición presentada por el Gobierno de la República de Colombia. Así se declara expresamente.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA que en esta oportunidad, se encuentra impedida de resolver la solicitud de extradición presentada por el gobierno de la República de Colombia. Notifíquese la presente decisión al Ejecutivo Nacional, a cuyo efecto se expedirá copia certificada de la misma. Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

extradicionsecuestrodelitoColombiajusticiaprocedimientoaprehensionsolicitado

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