Sentencia N° 256 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de agosto de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 256, Exp. E14-248, 12/08/2014
ExpedienteE14-248
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2014-08-12
DecisiónNotificar al Gobierno de la República Italiana del término perentorio para presentar la solicitud formal de extradición

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición del ciudadano Pedro Manuel Álvarez Castello, requerido por la República Italiana por el delito de violación. Se constató que no se había presentado la solicitud formal de extradición ni la documentación necesaria, lo que es un requisito indispensable para decidir sobre la procedencia de la extradición. La Sala acordó notificar al Gobierno Italiano sobre el término perentorio de sesenta días para que presente la solicitud formal y la documentación requerida.

Extracto de la motiva

La aprehensión de una persona solicitada por un país extranjero, con fines de extradición, a través de requerimientos hechos de manera genérica por las Policías Internacionales, en principio, sólo puede producirse si existe un Alerta o Difusión Roja Internacional, ello en virtud de que la misma está revestida en la legislación procesal penal venezolana de una presunción iuris tantum de legalidad y validez, indistintamente de lo que a posteriori pueda decidirse respecto a la procedencia o no de la correspondiente solicitud de extradición pasiva, una vez verificados los requisitos exigidos en el ordenamiento jurídico. De lo anteriormente trascrito y del contenido del expediente que cursa ante la Sala, se observa que se debe realizar la notificación al país requirente, fijando el término perentorio de sesenta (60) días, así como la indicación del requerimiento de todos los recaudos judiciales indispensables, a fin de que el Gobierno de la República Italiana, formalmente manifieste si persiste su interés en la extradición del ciudadano Pedro Manuel Álvarez Castello y, en caso afirmativo, presente la solicitud formal de extradición con la documentación necesaria.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ACUERDA NOTIFICAR al Gobierno de la República Italiana, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta días (60) continuos que tiene (luego de su notificación) para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición del ciudadano Pedro Manuel Álvarez Castello, conforme a lo previsto en el artículo 387 del Código Orgánico Procesal Penal. Debiendo dejarse constancia que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano, conforme a lo establecido en el artículo 388 eiusdem.

Palabras clave

extradiciónviolaciónnotificación rojainterpol

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca