Sentencia N° 256 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 256, Exp. A08-0142, 06/05/2008
ExpedienteA08-0142
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-05-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Marlin Johanna Mata Vásquez en representación de Rubén Darío Cardona Rodríguez. La solicitud se fundamentó en la falta de respuesta a una petición de nulidad de la acusación fiscal y en dilaciones indebidas en el proceso penal. La Sala argumenta que no se evidencian violaciones graves al debido proceso ni a la tutela judicial efectiva que justifiquen el avocamiento.

Extracto de la motiva

El avocamiento constituye una figura excepcional establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, la cual le confiere a la Sala de Casación Penal, la facultad de conocer bien sea de oficio o a petición de parte, cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre, en los tribunales de instancia. Efectivamente, debido a su carácter especial y excepcional, la solicitud que al efecto se realice debe ser examinada con la prudencia debida, por lo cual se impone que los requisitos delimitados en el artículo 18 (apartes noveno, décimo, decimoprimero y decimosegundo) de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sean concurrentes entre si y que dicha solicitud se encuentre fundada en escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudique ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana y se hayan desatendido o mal tramitado los recursos ordinarios o extraordinarios que los interesados hubieren ejercido.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta, por la ciudadana abogada Marlin Johanna Mata Vásquez, defensora privada del ciudadano Rubén Darío Cardona Rodríguez. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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