Sentencia N° 256 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de julio de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 256, Exp. C02-0222, 23/07/2004
ExpedienteC02-0222
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-07-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar las denuncias primera, segunda y quinta del recurso de casación interpuesto por los apoderados de la parte acusadora, anula el fallo impugnado y ordena remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La Corte de Apelaciones había declarado el sobreseimiento de la causa por prescripción de la acción penal, pero la Sala encontró que se omitieron pruebas relevantes y que la decisión no fue debidamente motivada, lo que constituye un vicio que amerita la nulidad del fallo.

Extracto de la motiva

Por cuanto la primera, segunda y quinta denuncia se refieren a un mismo vicio, la Sala pasa a resolverlas en conjunto. Los impugnantes en sus tres denuncias y con fundamento en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal, señalaron que la sentencia recurrida infringió por falta de aplicación parcial el artículo 364 numerales 2 y 3 ejusdem, por cuanto no hay la determinación precisa y circunstanciada de los hechos y por cuanto se omitieron pruebas que constan en el expediente. En efecto, la Sala observa que la razón le asiste a los recurrentes, pues los juzgadores de la Corte de Apelaciones al dictar su fallo incurrieron en el vicio de inmotivación, pues omitieron analizar y valorar varias pruebas que cursan en autos, y que fueron evacuadas bajo la vigencia del Código de Enjuiciamiento Criminal. La Corte de Apelaciones no analizó cada una de estas pruebas concatenándolas con otras que constan en el expediente, para así de esta manera decidir con todos los elementos acreditados en autos, haciéndose presente el vicio de inmotivación. Ha sido criterio reiterado por la Sala de Casación Penal que hay ausencia de motivación cuando en un fallo no se expresan las razones de hecho y de derecho mediante las cuales se adopta una determinada resolución judicial dentro de un proceso que se celebró de acuerdo con las garantías y principios constitucionales y legales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR las denuncias primera, segunda y quinta del recurso de casación interpuesto por los apoderados de la parte acusadora, ANULA el fallo impugnado y ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, a fin de que realice lo conducente para subsanar el vicio que dio lugar a la presente nulidad.

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