Sentencia N° 254 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de julio de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 254, Exp. C02-0024, 08/07/2003
ExpedienteC02-0024
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-07-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, revisó un recurso de casación interpuesto por el abogado de la víctima, quien impugnó la sentencia del Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure. La Sala desestimó el recurso por infundado, pero corrigió la pena impuesta al acusado, Juan Alberto González Mendoza, quien había sido condenado a seis años de presidio por homicidio. La Sala determinó que la pena debía ser de seis años de prisión, aplicando la rebaja correspondiente por embriaguez.

Extracto de la motiva

El impugnante fundamentó la primera y segunda denuncia, en el artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, para entonces vigente, cuando se trataba de una sentencia dictada por un tribunal con jurados y, en estos casos, el recurso de casación sólo podía ser fundado en los motivos que aparecen expresamente señalados en el artículo 454 ejusdem. En relación a la tercera denuncia, el impugnante se limitó a exponer sus apreciaciones personales en relación a la razón por la cual considera que el sentenciador debió calificar los hechos como homicidio calificado y no intencional, sin tomar en cuenta los hechos establecidos por la recurrida. En consecuencia, el presente recurso, debe desestimarse, por manifiestamente infundado, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por el abogado Robert Moreno Juárez y, de conformidad con el artículo 467 del Código Orgánico procesal Penal, procede a rectificar la pena impuesta al acusado Jesús Alberto González Mendoza y, en consecuencia, lo condena a cumplir la pena de seis (6) años de prisión por el delito de homicidio, previsto en el artículo 407 del Código Penal.

Palabras clave

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