Sentencia N° 253 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de agosto de 2018
TSJ/SCP, Sent. N° 253, Exp. E18-209, 16/08/2018
ExpedienteE18-209
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2018-08-16
DecisiónProcedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano Yilber Alberto Escalona Torrealba, quien se encuentra en la República del Perú. Se ordenó su aprehensión por la presunta comisión de delitos graves, incluyendo traición a la patria y homicidio intencional calificado. La Sala determinó su competencia para conocer el caso y consideró que se cumplían los requisitos legales para solicitar la extradición, a pesar de la falta de un tratado bilateral entre Venezuela y Perú, basándose en acuerdos regionales previos.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece las facultades y atribuciones de cada una de las Salas que integran este Máximo Tribunal. De manera específica, respecto a esta Sala de Casación Penal, el artículo 29, numeral 1, de la referida ley especial, señala: 'Son competencias de la Sala [de Casación] Penal del Tribunal Supremo de Justicia: (...) 1. Declarar si hay o no lugar para que se solicite o conceda la extradición en los casos que preceptúan los tratados o convenios internacionales o la ley'. Por su parte, el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 383, dispone expresamente que: 'Cuando el Ministerio Público tuviere noticias de que un imputado o imputada al cual le ha sido acordada medida cautelar de privación de libertad, se halla en país extranjero, solicitará al Juez o Jueza de Control inicie el procedimiento de extradición activa.' A tales fines se dirigirá al Tribunal Supremo de Justicia, el cual, dentro del lapso de treinta días contados a partir del recibo de la documentación pertinente y previa opinión del Ministerio Público, declarará si es procedente o no solicitar la extradición, y en caso afirmativo, remitirá copia de lo actuado al Ejecutivo Nacional.
Dispositiva
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano YILBER ALBERTO ESCALONA TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-18.654.917, a la República del Perú, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de: traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del Presidente de la República; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración; lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas; terrorismo; financiamiento al terrorismo; y, asociación, previstos y sancionados, en su orden, en los artículos 128; 405, concatenado con el 406, numeral 3, literal “b”, en relación con el 80; 405, concatenado con el 406, numeral 2, en relación con el 80, y 296, en relación con el 297, todos del Código Penal, y artículos 52, 53 y 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.