Sentencia N° 253 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 253, Exp. C05-0096, 26/05/2005
ExpedienteC05-0096
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-26
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por los defensores de Richard Rafael Quintero Peña, condenado por homicidio calificado. La sentencia de primera instancia fue confirmada por la Corte de Apelaciones, y el Tribunal encontró que no se vulneraron los derechos del acusado ni hubo vicios que justificaran la nulidad. Se argumentó que el recurso no es el medio para impugnar vicios de los juzgados de primera instancia, sino los cometidos por las Cortes de Apelaciones.

Extracto de la motiva

El recurso de casación no es el medio para impugnar los supuestos vicios cometidos por los juzgados de primera instancia (en este caso la apreciación de las pruebas debatidas en el juicio oral, así como la calificación jurídica dada al hecho objeto del debate y las circunstancias calificantes) sino los cometidos por las Cortes de Apelaciones. El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal señala: “Artículo 459. Decisiones recurribles. El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones (...)”. En atención a lo expuesto el recurso se desestima por manifiestamente infundado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. No obstante la decisión anterior, el Tribunal Supremo de Justicia, en orden a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado el expediente para saber si se vulneraron los derechos del ciudadano Richard Rafael Quintero Peña o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho y en aras de la justicia y ha encontrado el fallo ajustado a Derecho: en efecto, las pruebas fueron incorporadas al debate probatorio según lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por los Defensores del ciudadano acusado Richard Rafael Quintero Peña contra la sentencia dictada el 21 de octubre de 2004 por la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.

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