Sentencia N° 253 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de julio de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 253, Exp. R04-0235, 23/07/2004
ExpedienteR04-0235
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2004-07-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de radicación del proceso seguido contra JUAN BAUTISTA REQUENA, argumentando la presunta parcialidad de los jueces en el Estado Aragua. La solicitud fue presentada por su defensor, quien alegó que la madre de la víctima era Defensora Pública en el mismo circuito judicial, lo que podría afectar la imparcialidad del juicio. Sin embargo, la Sala determinó que la mera presunción de parcialidad no era suficiente para justificar la radicación.

Extracto de la motiva

La radicación de un juicio debe estar motivada por un verdadero obstáculo para el ejercicio efectivo de la jurisdicción donde se cometieron los hechos y que incida de forma directa e indudable en una recta e imparcial administración de justicia. En consecuencia, lo procedente es declarar sin lugar la presente solicitud de radicación según el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de radicación interpuesta por el ciudadano abogado JOEL SATURNO GUZMÁN GÓMEZ, Defensor del ciudadano JUAN BAUTISTA REQUENA. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

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