Sentencia N° 252 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de agosto de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 252, Exp. C14-2, 08/08/2014
ExpedienteC14-2
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-08-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Maxyoris Noemi Olivero, quien había sido condenada por homicidio calificado y lesiones leves. La Corte de Apelaciones había modificado la pena impuesta por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, rectificando la sanción a siete años, diez meses y siete días de prisión. La defensa alegó que la modificación de la calificación jurídica y la imposición de la pena sin un nuevo juicio oral vulneraba el derecho a la defensa, pero la Sala consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones fue correcta al basarse en la admisión de los hechos por parte de la acusada.

Extracto de la motiva

La Corte de Apelaciones, al resolver el recurso de apelación, no cumplió con su deber de aplicar las normas de orden público contenida en nuestro Ordenamiento Venezolano y en específico no acató lo establecido en el artículo 449 en su tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, que dispone las decisiones que debe tomar la Corte de Apelaciones en el caso de declarar con lugar el recurso, por la causal prevista en el numeral 5 del artículo 444 ejusdem, para lo que hay que destacar que la Juzgadora del a quo determinó la comprobación de unos hechos distintos a los establecidos en la acusación fiscal, que hacían procedentes la aplicación de la atenuante específica establecida en el artículo 67 del Código Penal, determinando en consecuencia que los mismos encuadraban en el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1°.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara sin lugar el recurso de casación propuesto por la abogada MIRLEN HERNÁNDEZ HERRERA, en su carácter de defensora privada de la acusada MAXYORIS NOEMI OLIVERO. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.

Palabras clave

homicidio calificadolesiones levesrecurso de casaciónderecho a la defensa

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