Sentencia N° 251 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de julio de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 251, Exp. C12-161, 11/07/2012
ExpedienteC12-161
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-07-11
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la defensa de JOEL GREGORIO PRADO LA CRUZ, quien había sido objeto de una medida privativa de libertad tras la revocación de una medida sustitutiva. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar el recurso de apelación del Ministerio Público, revocando la medida anterior. La defensa argumentó que la decisión de la Corte de Apelaciones no estaba debidamente justificada y que existía una violación al debido proceso.
El TSJ determinó que el recurso de casación era inadmisible, ya que la decisión de la Corte de Apelaciones no ponía fin al juicio ni impedía su continuación, conforme a lo establecido en el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso interpuesto por los abogados de la defensa, manteniendo la medida privativa de libertad contra el acusado.
Finalmente, el TSJ publicó y registró la decisión, firmada por la Magistrada Presidenta y otros magistrados presentes en la sala.
Extracto de la motiva
De la lectura del anterior artículo transcrito, se evidencia que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, es inimpugnable objetivamente a través del Recurso de Casación, pues no cumple con los supuestos establecidos en el artículo 459 de la ley penal adjetiva, en virtud de que no pone fin al juicio ni impide su continuación. En consecuencia de lo antes expuesto, el presente recurso de casación debe ser declarado INADMISIBLE. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por los abogados José Gregorio Rossi, Silvano Alberto Mota y Denise Janet Navas Machado, en su condición de defensores privados del ciudadano JOEL GREGORIO PRADO LA CRUZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
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