Sentencia N° 251 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de julio de 2010
TSJ/SCP, Sent. N° 251, Exp. R10-183, 07/07/2010
ExpedienteR10-183
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicación
Fecha de la decisión2010-07-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió una solicitud de radicación presentada por el abogado Argenis Rivero, defensor de los ciudadanos Carlos Silva Zambrano y Yarelis Artigas Escalona, en el contexto de una causa penal por delitos de estafa continuada y otros. La defensa argumentó que la notoriedad del caso y la implicación de funcionarios públicos generaban un escándalo público que justificaba la radicación a otro circuito judicial. Sin embargo, la Sala consideró que los argumentos presentados no demostraron la existencia de un verdadero escándalo o conmoción pública que justificara la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala Penal ha decidido con reiteración y de manera pacífica, lo siguiente: “... para que proceda la radicación de un juicio debe darse por lo menos uno de los supuestos establecidos en el artículo 63 del Código Orgánico Procesal Penal...”. Ahora bien, la Defensa fundamentó la solicitud de radicación de la presente causa, en el hecho de que a su juicio, la cobertura en medios de prensa regional ha generado un “recordatorio amarillista y sensacionalista del incidente” que satisface la connotación de alarma o escándalo público exigido en la norma, aunado al hecho de que varias víctimas son funcionarios del poder judicial, lo cual forja una predisposición en los juzgadores. Sin embargo, luego de la lectura del expediente, la Sala Penal observa, que los motivos invocados por la Defensa para sustentar la solicitud de radicación resultan insuficientes, aún inexistentes, por cuanto no quedó demostrado que los mismos prueben un verdadero escándalo, conmoción o miedo público y menos, incluso, que se haya paralizado indefinidamente el proceso por recusación, inhibición o excusa de los jueces titulares y de sus suplentes y conjueces respectivos, una vez presentada la acusación.
Dispositiva
Por las razones expuestas con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente solicitud de radicación hecha por el ciudadano abogado ARGENIS RIVERO, de causa penal Nº KP01-P-2010-2067, que cursa en el Circuito Judicial Penal del Estado Lara, contra los ciudadanos CARLOS SILVA ZAMBRANO y YARELIS ARTIGAS ESCALONA, por los delitos de ESTAFA CONTINUADA, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, CAPTACIÓN INDEBIDA y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR.