Sentencia N° 251 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 251, Exp. C07-0210, 24/05/2007
ExpedienteC07-0210
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-05-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro anuló una decisión anterior y ordenó la reposición de la causa para una nueva audiencia preliminar. En respuesta, la defensa interpuso un recurso de casación, alegando errónea interpretación de la norma y violación del debido proceso. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, tras analizar el caso, declaró inadmisible el recurso propuesto, argumentando que la decisión de la Corte de Apelaciones no se ajustaba a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

El artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, contiene las decisiones recurribles en esta instancia y entre otras cosas señala: “…El recurso de casación sólo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral (…) Así mismo serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación…”. (Resaltado de la Sala). En el caso bajo análisis, la Corte de Apelaciones anuló la sentencia condenatoria, que bajo el procedimiento por admisión de los hechos, dictó el Juzgado Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro y ordenó la reposición de la causa hasta el estado en que se realice nueva audiencia preliminar, lo que no se ajusta al contenido del supra citado artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal y en razón de ello, lo ajustado a derecho es declarar inadmisible el recurso propuesto, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara inadmisible el recurso propuesto por la defensa del ciudadano acusado (adolescente). Publíquese, regístrese y remítase el expediente.

Palabras clave

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