Sentencia N° 251 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de mayo de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 251, Exp. C04-0307, 26/05/2005
ExpedienteC04-0307
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-26
DecisiónDesestima por inadmisible

Resumen

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por el defensor de la ciudadana Beatriz Marcano Pelarda. Se argumentó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era impugnable en casación, ya que no resolvía el recurso de apelación, sino que anulaba el sobreseimiento acordado por el juez de control y devolvía la causa para la realización de la audiencia correspondiente. El Tribunal revisó las actuaciones y determinó que no existían vicios que justificaran la nulidad de oficio.

Extracto de la motiva

La Sala Penal observa que la sentencia de segunda instancia no es recurrible en casación porque no se trata de las decisiones que el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal señala como impugnables. La decisión de la Corte de Apelaciones no le puso fin al proceso y por el contrario confirmó el fallo recurrido que ordenó la remisión de la causa al Fiscal Superior para que mediante auto motivado confirme o rectifique la petición fiscal, lo que traería como consecuencia un acto conclusivo. En consecuencia, se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el Defensor de la ciudadana imputada Beatriz Marcano Pelarda sobre la base de los artículos 459 y 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. No obstante la anterior declaratoria de inadmisibilidad, el Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado las actuaciones que constan en el expediente para saber si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en beneficio de la imputada y en aras de la justicia y ha constatado que los fallos de primera y segunda instancias están ajustados a Derecho.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el Defensor de la ciudadana imputada BEATRIZ MARCANO PELARDA contra la decisión de la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, del 26 de mayo de 2004.

Palabras clave

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