Sentencia N° 25 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de febrero de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 025, Exp. C02-0202, 04/02/2003
ExpedienteC02-0202
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2003-02-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La sentencia se origina a partir de un recurso de apelación interpuesto por la abogada Luisa Calles en representación de Álvaro Sandia Briceño, tras la absolución de Morelia de las Mercedes Rivas por el delito de apropiación indebida calificada. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso, argumentando que la sentencia impugnada no cumplía con los requisitos establecidos en la ley. Posteriormente, se interpuso un recurso de revocación que fue admitido, pero finalmente se declaró inadmisible el recurso de apelación por falta de cualidad de la abogada Calles para recurrir.
Extracto de la motiva
El artículo 433 del Código Orgánico Procesal Penal contempla lo siguiente: “Legitimación. Podrán recurrir en contra de las decisiones judiciales las partes a quienes la ley reconozca expresamente este derecho”. De lo anteriormente expuesto se concluye en que la abogada LUISA CALLES no tiene cualidad para recurrir, como ella misma lo expresó. Por ello se declara inadmisible el recurso interpuesto y según los artículos 172 y 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Por otra parte, cabe advertir que una decisión de una Corte de Apelaciones no puede ser impugnada mediante un recurso de apelación como lo hizo la recurrente, sino a través de un escrito contentivo del recurso de casación y de acuerdo con el artículo 459 del señalado código. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso interpuesto por la abogada LUISA CALLES. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.