Sentencia N° 25 — Sala de Casación Penal del TSJ, 25 de enero de 2002
TSJ/SCP, Sent. N° 025, Exp. C01-0048, 25/01/2002
ExpedienteC01-0048
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2002-01-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por Jesús Salvador Velásquez Torres, quien fue condenado a seis meses de prisión por desacato judicial. El abogado fundamentó su recurso de casación alegando infracciones a su derecho a la defensa y citando diversas normas constitucionales y del Código Orgánico Procesal Penal. Sin embargo, la Sala de Casación Penal del TSJ determinó que la decisión recurrida no era susceptible de casación, ya que la pena máxima del delito en cuestión no excedía los cuatro años, lo que llevó a desestimar el recurso.
Extracto de la motiva
La decisión recurrida en casación, que condenó a Jesús Salvador Velásquez Torres a la pena de seis meses de prisión por el delito de desacato judicial, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no es susceptible del recurso extraordinario. En efecto, el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que este recurso sólo podrá ser interpuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el Ministerio Público o la víctima, hayan pedido en su acusación, la aplicación de una pena privativa de libertad que, en su límite máximo, exceda de cuatro años. Tal situación no es el caso de autos en que el delito materia del recurso establece una pena máxima de quince meses, razón por la cual esta Sala considera procedente desestimar, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la defensa, de conformidad con el artículo 465 ejusdem.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley desestima, por inadmisible, el recurso de casación interpuesto por el abogado Jesús Salvador Velásquez Torres, parte agraviada. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
desacato judicialrecurso de casaciónderecho a la defensaCódigo Orgánico Procesal PenalLey Orgánica de Amparoinadmisiibilidadpena privativa de libertad