Sentencia N° 249 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de mayo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 249, Exp. C14-493, 04/05/2015
ExpedienteC14-493
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-05-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la abogada Ysbelia Guadalupe Robles Lugo, en representación de los acusados Jhon Deivy Moreno Sánchez y José Francisco Orasma Moreno. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena de diez años de prisión por el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de distribución, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. La Sala argumenta que la Corte de Apelaciones no incurrió en falta de motivación en su sentencia, ya que explicó adecuadamente las razones que justificaron su decisión. Se destaca que la condena se basó en pruebas testimoniales y periciales que demostraron la existencia de la sustancia ilícita y la participación de los acusados en el delito. Finalmente, se establece que la decisión de la Corte de Apelaciones fue debidamente motivada y que no se violaron las normas procesales en relación con la correcta motivación de la sentencia, por lo que se confirma la condena impuesta a los acusados.

Extracto de la motiva

En el presente caso, la recurrente planteó la falta de motivación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón al considerar que incurrió en violación de la ley por falta de aplicación de los artículos 157 y 346, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, ya que “la alzada se limitó a señalar que el juez de juicio había considerado todos y cada uno de los elementos de convicción llevados a juicio incluso de los denunciados como ilegales por la defensa pública…”. Ahora bien, luego de haber sido examinada la denuncia planteada y analizado como ha sido el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, mediante el cual resolvió el recurso de apelación en relación con las razones esgrimidas por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas, observa la Sala de Casación Penal que no fueron violadas las normas contenidas en los artículos 157 y 346, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, relativas a la correcta motivación de la sentencia, ya que la alzada argumentó los motivos por los cuales adoptó el fallo, es decir, explicó en forma clara y aceptable las razones que permitieron justificar su decisión.

Dispositiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el RECURSO DE CASACIÓN propuesto por la abogada Ysbelia Guadalupe Robles Lugo, en su carácter de Defensora Pública Primera Penal de la Defensa Pública del Estado Falcón, con sede en la población de Tucacas, interpuesto contra la decisión dictada por la referida Corte de Apelaciones del Estado Falcón el 29 de julio de 2014, que declaró Sin Lugar el recurso de apelación planteado por la defensa y CONFIRMÓ la decisión del 25 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Tucacas, que CONDENÓ a los acusados a cumplir la pena de Diez (10) Años de Prisión más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.

Palabras clave

tráfico ilícitosustancias estupefacientescasación penal

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