Sentencia N° 246 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de mayo de 2024

TSJ/SCP, Sent. N° 246, Exp. C24-135, 10/05/2024
ExpedienteC24-135
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2024-05-10
DecisiónDESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por Freddy Gabriel Sepúlveda, defensor de César Enrique Bello Abache, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible un recurso de apelación por extemporáneo. La sentencia de la Corte de Apelaciones había sido emitida el 10 de octubre de 2023, y el recurso de casación fue presentado el 15 de noviembre de 2023. La Sala concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

Comprobados como han sido los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, esta Sala de Casación Penal, pasa a verificar la fundamentación del referido recurso y, en tal sentido; observa que, el recurrente planteó su única denuncia en los términos siguientes: “… DE LA SENTENCIA APELADA La Corte de Apelaciones Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, declaro inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación de apelación (sic)de sentencia definitiva interpuestos en fecha 18 de Agosto del 2023, al considerar: ´...Por los motivos que anteceden es evidente que los recurrentes de autos interpusieron el presente recurso de apelación fuera del lapso de los tres (3) días hábiles, y por ello, resulta inadmisible por extemporáneo y así se decide´. DE LA SENTENCIA QUE SE CASA DE FECHA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 La Corte de Apelaciones Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, declaro inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación de apelación de sentencia definitiva interpuestos en fecha 18 de agosto del 2023, conforme al artículo 127 de la ley Orgánica a la Mujer de una Vida Libre de Violencia el recurso de APELACION incoado por la representación del ciudadano CESAR BELLO. CONSIDERA quienes hoy suscriben el escrito de casación, que la vía procesal ordinaria ha sido agotada en las respectivas instancias, toda vez que, la Corte de Apelaciones al declarar INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto, omitiendo así el análisis previsto en la norma, lo realizo omitiendo lo contenido del artículo 459 de la Ley Penal Adjetiva, y no verificar que la defensa privada ejercida por el ciudadano JORGE NADYN MATA MEJIAS no fue notificada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer, en razón que solo se notificó al ciudadano defensor Freddy Gabriel Sepúlveda, afectando el derecho a la intervención, el derecho a la defensa y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y omitidos por la Corte de Apelaciones. Teniendo como arropo el señalamiento de la violación del numeral 5 del artículo 445 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual hace referencia ´Violación de la ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica´. Siendo este motivo desglosado tras el rei no es susceptible de ser suplida ni subsanada por esta Sala de Casación Penal…”.

Dispositiva

DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación ejercido el 15 de noviembre de 2023, por el abogado Freddy Gabriel Sepúlveda, actuando en representación del ciudadano CÉSAR ENRIQUE BELLO ABACHE, en contra de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, en fecha diez (10) de octubre de 2023.

Palabras clave

recurso de casaciónviolencia contra la mujerdebido procesoinadmisionapelaciónderecho a la defensaCódigo Orgánico Procesal Penal

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