Sentencia N° 246 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de noviembre de 2019
TSJ/SCP, Sent. N° 246, Exp. E19-220, 07/11/2019
ExpedienteE19-220
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradición
Fecha de la decisión2019-11-07
DecisiónNotificar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana Arianna del Carmen González López, requerida por el Ecuador por el delito de Robo con Muerte. Se determinó la competencia de la Sala para conocer del caso y se notificó al país requirente sobre el término perentorio de sesenta días para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación necesaria. En caso de no cumplirse este plazo, se ordenará la libertad de la ciudadana.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia pasa esta Sala de Casación Penal a decidir la procedencia de la extradición pasiva y, en tal sentido, observa: a) Prescripciones de Derecho Internacional: En este sentido, cabe observar que entre la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela, no existe tratado bilateral de extradición, sin embargo, las Repúblicas de Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia y Venezuela, suscribieron el Acuerdo sobre Extradición, firmado en Caracas el 18 de julio de 1911, aprobado por el Poder Legislativo Nacional el 18 de junio de 1912, y ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional el 19 de diciembre de 1914, el cual sobre la materia en particular, dispone lo siguiente: “(…) Artículo 1°. Los Estados contratantes convienen en entregarse mutuamente, de acuerdo con lo que se estipula en este Acuerdo, los
Dispositiva
NOTIFICAR a la República del Ecuador, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días, que tiene, a partir del día siguiente a la fecha en que se efectúe su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición de la ciudadana Arianna del Carmen González López.