Sentencia N° 244 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 244, Exp. C22-190, 04/08/2022
ExpedienteC22-190
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-08-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Carmen Marisela Castro Gilly, dictó sentencia el 4 de agosto de 2022, en la que se anulan de oficio las actuaciones posteriores a la sentencia condenatoria dictada el 22 de febrero de 2022 contra Egnis José Castro Maita. La anulación se fundamenta en la falta de notificación a las partes, lo que vulnera el derecho a la defensa y al debido proceso. Se ordena reponer la causa al estado en que se realicen las notificaciones correspondientes para garantizar el ejercicio de los recursos legales.
Extracto de la motiva
En la sentencia condenatoria publicada el 22 de febrero de 2022, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, fijó los siguientes hechos: “(…) Se evidencia la comisión del delito de ABUSO SEXUAL CON PENETRACCIÓN VIA ANAL EN ACCIÓN CONTINUADA, a su hija niña de 8 años de edad, realizado por el ciudadano Egnis José Castro Maita, quien aprovechó la relación de confianza y la situación de vulnerabilidad de la víctima, lo que agrava la responsabilidad penal del acusado. En este sentido, se debe considerar que el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece sanciones severas para los delitos cometidos en contra de la integridad sexual de los menores, y en este caso, la conducta delictiva se encuentra tipificada y sancionada de manera contundente, lo que justifica la pena impuesta. Asimismo, se debe resaltar que la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es un principio fundamental en nuestro ordenamiento jurídico, y el Estado tiene la obligación de garantizar su integridad y bienestar, por lo que la respuesta del sistema penal debe ser enérgica ante este tipo de delitos. La prueba presentada durante el juicio fue contundente y suficiente para demostrar la culpabilidad del acusado, quien no logró desvirtuar las acusaciones en su contra, lo que lleva a este Tribunal a confirmar la decisión de condena dictada por el Tribunal de Juicio, manteniendo la pena de veinticinco (25) años de prisión impuesta, en virtud de la gravedad de los hechos y la necesidad de proteger a la víctima y a la sociedad en general de conductas tan reprochables como la que se ha evidenciado en este caso.”
Dispositiva
ANULA DE OFICIO las actuaciones posteriores a la publicación de la sentencia condenatoria dictada el 22 de febrero de 2022 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, contra el ciudadano Egnis José Castro Maita, la cual se mantiene incólume; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y 180, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.