Sentencia N° 244 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de junio de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 244, Exp. C12-336, 20/06/2013
ExpedienteC12-336
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-06-20
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 19, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de GEYNER ENRIQUE POLANCO AMAYA, quien había sido condenado por homicidio intencional. La defensa argumentó la falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones, alegando que no se analizaron adecuadamente las pruebas y testimonios presentados en el juicio. Sin embargo, la Sala concluyó que la Corte de Apelaciones sí había revisado y motivado su decisión, aunque de manera escueta, y que se había pronunciado sobre los alegatos de la defensa, desvirtuando así la acusación de inmotivación.
Extracto de la motiva
La Defensa en el recurso de casación propuesto, señaló que la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones carece de motivación, al no haber verificado (en su opinión) la inmotivación en la que incurrió el tribunal de juicio cuando resolvió el recurso de apelación propuesto por la Defensa; al considerar que sólo se limitó a transcribir lo expuesto por el Tribunal de Juicio sin verificar lo que realmente fue denunciado mediante apelación, esto es, según lo exponen los recurrentes la falta de análisis y comparación de lo declarado en el juicio por las ciudadanas YAQUELIN DEL CARMEN CONTRERAS JOYA y BLANCA EUGENIA JOYA QUINTERO. En la revisión de presente expediente, la Sala observó que la Defensa, en relación con este punto, alegó en el recurso de apelación que la sentencia del tribunal de juicio estaba inmotivada al considerar que la ciudadana YAQUELIN DEL CARMEN CONTRERAS JOYA, manifestó en su declaración que no vio al acusado, '…porque la calle estaba obscura…' y que la ciudadana BLANCA EUGENIA JOYA QUINTERO, refirió en su declaración y en un primer momento, que vio al acusado. Posteriormente, y a preguntas hechas por la representación del Ministerio Público, respondió que lo vió cuando pasó y cuando se regresó, pero que a otras preguntas respondió, que no lo vio cuando pasó, '…sino cuando le disparó a Gin…'; que la ciudadana BLANCA EUGENIA JOYA QUINTERO, señaló en su declaración, que en el lugar existe buena iluminación, y que la ciudadana YAQUELIN CONTRERAS señaló lo contrario.
Dispositiva
Por las razones expuestas, la Sala de Casación Penal, de conformidad con el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por la Defensa Tercera del ciudadano acusado GEYNER ENRIQUE POLANCO AMAYA. Así se decide.