Sentencia N° 243 — Sala de Casación Penal del TSJ, 7 de noviembre de 2019

TSJ/SCP, Sent. N° 243, Exp. E19-226, 07/11/2019
ExpedienteE19-226
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2019-11-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano Miguel Donato Lo Ponte Moreno, quien se encuentra requerido por la presunta comisión del delito de estafa. La solicitud fue presentada por el Ministerio Público, y se determinó que se cumplían los requisitos para la extradición, incluyendo la existencia de una orden de aprehensión vigente y la tipificación del delito en ambas legislaciones, venezolana y española. La Sala destacó la importancia de garantizar los derechos del extraditado, asegurando que se le brindarán las debidas garantías procesales conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordenó remitir copia certificada de la decisión al Poder Ejecutivo Nacional para su ejecución. Finalmente, se declaró procedente la solicitud de extradición activa, comprometiéndose a que el ciudadano será juzgado únicamente por el delito de estafa, con todas las garantías que le corresponden como imputado en el proceso penal.

Extracto de la motiva

motivado a que había una relación de amistad entre el señor Miguel Loponte (sic) y Francisco Brito, pues bien, resulta que paso el tiempo acordado y el señor Miguel siempre tenía excusa para no protocolizar el documento, decía que su tía estaba muy enferma y necesitaba recuperarse y así estuvieron esperando hasta que el señor Brito contrato a una abogada para que lo asistiera e investigara (sic) la situación, allí fue cuando descubrieron que el señor Miguel oponte (sic) los había engañado toda vez que su condición de apoderado no era válida ya que su tía había fallecido muchos años atrás al igual que su tío el Ciudadano (sic) Isidro Agostini con quien estuvo casada ésta (sic) señora, también se supo que la dueña del apartamento en mención es una señora de nombre MARIELA DE LOS ANGELES NOGUERA DE AGOSTINI, quien lleva más de 6 años viviendo en el apartamento, que le dejo (sic) en herencia su esposo el ciudadano Isidro (…) es decir el ciudadano Miguel Lopone (sic) estaba en pleno conocimiento

Dispositiva

PRIMERO: declara PROCEDENTE la solicitud de extradición activa del ciudadano MIGUEL DONATO LO PONTE MORENO, titular de la cédula de identidad V-5.535.583, al Reino de España, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal. SEGUNDO: ASUME el firme compromiso ante el Reino de España, que el ciudadano MIGUEL DONATO LO PONTE MORENO, será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión del delito antes mencionado, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Palabras clave

extradiciónestafadelito

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