Sentencia N° 242 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de julio de 2012
TSJ/SCP, Sent. N° 242, Exp. C11-370, 04/07/2012
ExpedienteC11-370
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2012-07-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Séptima del Ministerio Público del Estado Sucre, MARIUSKA GABALDÓN ROJAS, contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación en un caso de homicidio culposo. La Sala determinó que no se probó la intencionalidad dolosa del acusado, JULIO CÉSAR VELÁSQUEZ FIGUEROA, quien fue condenado a cinco años de prisión por homicidio culposo tras un incidente en el que disparó accidentalmente un arma de fuego durante una reunión social, resultando en la muerte de DELIA DEL CARMEN PLAZA VERA.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal, al analizar el caso, concluyó que el tribunal de juicio estableció que la acción del acusado fue imprudente, lo que encuadra en el tipo penal de homicidio culposo. Se destacó que el uso del arma de fuego fue accidental y que no se demostró la intención de causar daño. La Corte de Apelaciones ratificó esta decisión, argumentando que el cambio de calificación de homicidio intencional a homicidio culposo fue correcto, dado que no se configuraron los elementos del dolo en el accionar del acusado. Así, se reafirmó que la imprudencia en el manejo del arma fue la causa del desenlace fatal.
Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la ciudadana abogada MARIUSKA GABALDÓN ROJAS, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público del Estado Sucre, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, el veintinueve (29) de julio de 2011. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.