Sentencia N° 241 — Sala de Casación Penal del TSJ, 24 de mayo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 241, Exp. C04-0491, 24/05/2005
ExpedienteC04-0491
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-05-24
DecisiónInadmisible
Resumen
La sentencia se origina en un recurso de casación interpuesto por la abogada de la víctima, tras la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación sobre una medida cautelar. La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia determina que la decisión de la Corte de Apelaciones no es susceptible de impugnación mediante casación, ya que no pone fin al juicio ni impide su continuación. Por lo tanto, se declara inadmisible el recurso de casación interpuesto.
Extracto de la motiva
La Sala constató que la decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Táchira resolvió una incidencia (durante la audiencia preliminar) relacionada con la solicitud de embargo preventivo de un vehículo. Tal decisión no es susceptible de impugnación mediante el recurso de casación porque no le puso fin al juicio ni impidió su continuación. En consecuencia, lo ajustado a Derecho es declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la apoderada judicial del ciudadano CARLOS OMAR ARIAS ROSALES y según el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la ciudadana abogada YUNMY COROMOTO SÁNCHEZ MANTILLA, apoderada judicial del ciudadano CARLOS OMAR ARIAS ROSALES, contra la sentencia dictada el 6 de septiembre de 2004 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
Palabras clave
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