Sentencia N° 24 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de febrero de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 024, Exp. E04-0039, 04/02/2004
ExpedienteE04-0039
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2004-02-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió solicitar la extradición de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO COLINA PULIDO y GERMÁN RODOLFO VARELA LÓPEZ, quienes están acusados de delitos graves como agavillamiento, intimidación pública, y daños a la propiedad, entre otros. La decisión se fundamenta en la existencia de un tratado de extradición entre Venezuela y los Estados Unidos, así como en la no prescripción de la acción penal en este caso. La Sala consideró que hay suficientes elementos de convicción para proceder con la solicitud de extradición, destacando que los delitos imputados están tipificados en el Código Penal Venezolano y que no se trata de delitos políticos. Se enfatizó que el terrorismo, en caso de ser comprobado, no califica como delito político y, por lo tanto, no puede ser objeto de asilo o refugio. Finalmente, se ordenó enviar copia certificada de la decisión al Ejecutivo Nacional para que se realicen las tramitaciones correspondientes ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Extracto de la motiva

La Sala Penal hace constar que hay un tratado de extradición entre la República Bolivariana de Venezuela y los Estados Unidos de América, país requerido y en el cual se hallan detenidos los posibles extraditables. Desde otra vertiente, la Sala observa que no está prescrita la acción penal para perseguir este delito y por consiguiente no existe ningún obstáculo legal para continuar con su enjuiciamiento en el territorio venezolano. El Tratado de Extradición en referencia, suscrito y ratificado entre Venezuela y los Estados Unidos de América, fue firmado en Caracas el 19 de enero de 1922 y está aún vigente. En su artículo I dispone que los Estados Firmantes “convienen en entregar a la justicia, mediante petición hecha conforme a lo que en este Convenio se dispone, a todos los individuos acusados o convictos de cualquiera de los delitos cometidos dentro de la jurisdicción de una de las Altas Partes Contratantes y especificados en el artículo II de este Convenio...”. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con fundamento en los principios de reciprocidad internacional y por cuanto existen elementos de convicción suficientes para que los hechos sean investigados y juzgados, considera que sí procede solicitar al Gobierno de los Estados Unidos de América la extradición de los ciudadanos ANTONIO COLINA PULIDO y GERMÁN RODOLFO VARELA LÓPEZ, por lo que deben practicarse las tramitaciones correspondientes. Se hace constar de manera expresa que los solicitados en extradición sólo serán enjuiciados por los delitos de AGAVILLAMIENTO, INTIMIDACIÓN PÚBLICA, CONTRA LA CONSERVACIÓN DE LOS INTERESES PÚBLICOS Y PRIVADOS, LESIONES LEVES y DAÑOS A LA PROPIEDAD, tipificados respectivamente en los artículos 287, 297, 344, 347 y 355, 418, 475 y 476 del Código Penal Venezolano.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que DEBE SOLICITARSE LA EXTRADICIÓN de los ciudadanos ANTONIO COLINA PULIDO y GERMÁN RODOLFO VARELA LÓPEZ, debidamente identificados y actualmente detenidos en los Estados Unidos de América. Dicha extradición deberá solicitarse a los Estados Unidos de América. A tal efecto se dispone enviar al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio de Justicia, copia certificada de esta decisión.

Palabras clave

extradicionterrorismoagavillamientointimidacion publicalesiones levesdaños a la propiedadtratado de extradicionderecho penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca