Sentencia N° 239 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de julio de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 239, Exp. C14-99, 22/07/2014
ExpedienteC14-99
PonentePAÚL JOSÉ APONTE RUEDA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-07-22
DecisiónHOMOLOGA EL DESISTIMIENTO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, recibió un recurso de casación interpuesto por el abogado Rafael Latorre Cáceres en representación de Deivys Rafael Véliz López, condenado a quince años de prisión por tráfico de sustancias estupefacientes. El recurso fue admitido y se discutió la falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar el recurso de apelación anterior. Posteriormente, el acusado solicitó la revocatoria de su defensor y desistió del recurso de casación.
Extracto de la motiva
El desistimiento es la facultad que tienen las partes para renunciar a la prosecución de un recurso legalmente interpuesto, el cual debe hacerse por voluntad de éstas y de manera expresa, como lo dispone el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal: “Las partes o sus representantes podrán desistir de los recursos interpuestos por ellas sin perjudicar a los demás recurrentes, pero cargarán con las costas según corresponda. El Ministerio Público podrá desistir de sus recursos en escrito fundado. El defensor o defensora no podrá desistir del recurso sin autorización expresa del justiciable.” Así, visto el desistimiento del recurso de casación hecho por el acusado en la presente causa, la Sala de Casación Penal concluye que lo procedente y ajustado a derecho es HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano DEIVYS RAFAEL VÉLIZ LÓPEZ del recurso de casación propuesto por el abogado RAFAEL LATORRE CÁCERES. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones referidas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano DEIVYS RAFAEL VÉLIZ LÓPEZ del recurso de casación propuesto por el abogado RAFAEL LATORRE CÁCERES, contra decisión proferida el veintidós (22) de noviembre de 2013 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.