Sentencia N° 237 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de agosto de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 237, Exp. C22-204, 04/08/2022
ExpedienteC22-204
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-08-04
DecisiónAnula de oficio la sentencia publicada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en fecha 27 de agosto de 2019, y se repone la causa al estado de que se celebre un nuevo juicio oral y público.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula de oficio la sentencia del Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del estado Lara, que absolvió a FOUZI YOUSSEF AL YSAM de los delitos de forjamiento de documento público y uso de documento público falso. La anulación se fundamenta en la falta de motivación y análisis de las pruebas presentadas en el juicio, lo que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso. Se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante otro tribunal.
Extracto de la motiva
la conducta asumida por el imputado al exhibir un documento público durante la realización de un proceso civil, arrogándose los derechos de propiedad sobre un inmueble para evadir sus responsabilidades en el pago de los cánones de arrendamiento, resultó un comportamiento violatorio a normas de naturaleza penal, enmarcados dentro de un fraude procesal-en donde se ha pretendido despojar a la ciudadana MARIA ROSALINA ZAMBRANO DE PEREZ (Fallecida) y a sus actuales legítimos herederos de los derechos de propiedad de un inmueble, que a la fecha de la presente resulta una porción del patrimonio hereditario de los causahabientes.
Dispositiva
Anula de oficio la sentencia publicada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en fecha 27 de agosto de 2019, en el proceso penal seguido al ciudadano FOUZI YOUSSEF AL YSAM, en la cual lo absolvió de la comisión de los delitos de FORJAMIENTO DE DOCUMENTO PÚBLICO EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO y USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO EN GRADO DE AUTOR, así como las actuaciones subsiguientes, conforme a las disposiciones contenidas en los artículos 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, manteniéndose incólume la presente decisión. Se repone la causa al estado de que se celebre un nuevo juicio oral y público en el proceso seguido al ciudadano FOUZI YOUSSEF AL YSAM, ante otro Tribunal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara.